Contadores Inteligentes...

A través de la Orden Ministerial ITC/3860 de 2007, el MINISTERIO DE INDUSTRIA , TURISMO Y COMERCIO, estableció los plazos para que las Compañías DISTRIBUIDORAS de energía eléctrica sustituyesen el 100% de los contadores eléctricos instalados en todo el territorio nacional.

 

Este plazo terminará el 31 de diciembre de 2018, es decir, en esa fecha deberán estar sustituidos todos los contadores de menos de 15kW del parque instalado.

 

¿A quién afecta?

 A todos los contratos con potencia contratada inferior a 15kW, independientemente del tipo de uso de la instalación y de la empresa Comercializadora donde tengan el contrato de suministro.

 

¿En que me beneficia?

 Las principales ventajas del sistema de TELEGESTIÓN de los nuevos contadores “inteligentes”, van en la línea de la eficiencia energética:

  • Ahorro de costes por operaciones, detección de averías en la red y menos molestias, pues discriminan si la avería es en la instalación privada o en la red de distribución.
  • Facturación siempre con lectura real, a través del sistema de telegestión, la lectura nunca mas será estimada, con lo que la lectura será el fiel reflejo del consumo de la instalación, de este modo no se pagarán kwh de mas en la factura.
  • Acceso e interacción del usuario final a los datos del contador, pudiendo acceder a los datos registrados por el contador -consumos, potencias, etc-, aportando una información valiosa si el usuario pretende ahorrar energía. Se podrán integrar sistemas de control y gestión de la energía de las instalaciones privadas, esto puede permitir tomar decisiones frente al ahorro energético en la instalación.
  • Pueden favorecer la contratación de tarifas que aprovechen hábitos de consumo favorables, como la PVPC de FENIE ENERGÍA

 

¿Estoy realmente obligado a cambiar el contador?

 Si. La Orden Ministerial ITC/3860 de 2007 así lo define, se deben cambiar TODOS los contadores de potencia hasta 15kW.

 

¿Me va a costar dinero?

 No. Los costes de la sustitución del contador los asumirán las empresas Distribuidoras. Lo que si nos va a costar dinero son las adecuaciones de la centralización en el supuesto de que se detecten deficiencias en la misma (se explica mas abajo).

 

¿Pagaré más por el alquiler del contador?

 Depende del tipo de tarifa contratada. Bajan de precio tres de las cuatro modalidades de tarifa disponibles.

Además ya no se pagará por el ICP (Interruptor de Control de Potencia) Estos precios los fija el Gobierno, y son independientes de la comercializadora en la que tenga el contrato.

 

Tipo de Contador

Monofásico

Trifásico

ICP

Tarifa Fija

 

Doble Tarifa

 

Tarifa Fija

 

Doble Tarifa

 

Actual

0,54 €/mes

1,11 €/mes

1,53 €/mes

2,22 €/mes

0,06 €/mes

Nuevo

0,81 €/mes

0,81 €/mes

1,36 €/mes

1,36 €/mes

0,00 €/mes

 *Impuestos no incluidos

 

 

¿Y si el contador es de mi propiedad?

 En este caso se ha dispuesto que su antiguo contador tiene una vida de 15 años y no le cobrarán el alquiler hasta que se cumpla dicho plazo. Si desea saber que vida le quedaba a su antiguo contador debe pedir esa información a la empresa Distribuidora de su zona.

 

 

¿Puedo comprar mi contador?

 Por supuesto que si. Se deberá de adquirir un contador con las características indicadas en la Orden Ministerial y anexos, verificado y timbrado, y el propietario se hará cargo de los costes de verificación y timbrado periódicos que establezca el Ministerio.

 

 

¿Como sabré que van a cambiarme el contador?

 La empresa Distribuidor debe notificar por escrito al usuario dicho cambio. Recuerde que Vd. tiene derecho a exigir la notificación previa y en caso contrario puede rechazar el cambio. Es importante que en el momento del cambio Vd. se encuentre presente para verificar que todo funcione bien, dado que la sustitución implica interrumpir momentáneamente el suministro.

 

 

¿Que ocurre si la Distribuidora me notifica deficiencias en mi instalación?

La empresa Distribuidora le informará de aquellas deficiencias que afecten a la SEGURIDAD y que una vez conocidas tiene la obligación de notificar, exigir la subsanación de estas. En caso de no subsanarlas, informarán al Servicio Territorial de Industria para que resuelva las sanciones o actuaciones a que haya lugar, pudiendo llegar a ordenar la suspensión del suministro eléctrico llegado el caso.

 

Las instalaciones responsabilidad de la empresa Distribuidora finalizan en la entrada de las líneas eléctricas al edificio, justo hasta los bornes de entrada de la CGP (Caja General de Protección). Los contadores eléctricos están situados dentro de la propiedad privada (comunidad o vivienda del usuario), y por tanto las instalaciones donde están ubicados, son propiedad particular.

 

Nosotros estamos cualificados para evaluar y defender sus intereses en caso de que no vea con claridad las exigencias que le indica la distribuidora, para evitar incurrir en responsabilidades por su parte.

 

Recuerde

 El único documento que le garantiza una adecuación responsable y correcta es el CERTIN, emitido por un Instalador Autorizado y diligenciado por el Servicio Territorial de Industria.

 

Exija que su instalación sea manipulada y/o adecuada por un Instalador Autorizado.

No deje su seguridad y la de los suyos a cualquiera.